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JUNTAS DE INSCRIPCIÓN PERMANENTE



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Delimitación de las doce regiones

JUNTAS DE INSCRIPCIÓN PERMANENTE REGIONALES

Ley Núm. 58 del 20 de junio de 2020.


Por virtud del Código Electoral de Puerto Rico 2020, en su Artículo 4.6, las Juntas de Inscripción Permanente serán consolidadas en doce regiones. Mediante la Resolución CEE-RS-21-038 se establecieron las oficinas regionales al tomar en consideración la densidad poblacional y la geografía vial de Puerto Rico.

Las Juntas de Inscripción Permanente Regionales estarán ubicadas en: Aguadilla, Aibonito, Arecibo, Bayamón, Caguas, Ceiba, Guayama, Humacao, Mayagüez, Ponce, San Juan y Utuado. No obstante, los electores pueden visitar cualquier JIP de su conveniencia a nivel Isla.